A- de 2014
Ponente Jorge Iván Palacio Palacio
✓Demandante Carlos Esteban Romo Delgado
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia dentro del año siguiente a su promulgación
- La caducidad opera inexorablemente cualquiera sea el vicio de que se trate y en consecuencia pierde la Corte Constitucional su competencia para pronunciarse de fondo
- Procedencia dentro del año siguiente a su promulgación
- Recurso de súplica
- Rechazar recurso de súplica por caducidad de la acción
- Activación por ciudadano
- Caduca en el término de un año, contado desde la publicación del acto
- Requisitos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica contra el auto proferido por el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo para rechazar la demanda de la referencia, por considerar que se había presentado el fenómeno jurídico de la caducidad de la acción pública de inconstitucionalidad presentada.
Teniendo en cuenta que el actor no agregó más argumentos relevantes para descartar el acaecimiento de referido fenómeno sobre la demanda impetrada sino que solo se limitó a cuestionar la aplicación de la sentencia C-013/14y a insistir en la importancia de sus argumentos, la Sala Plena decide CONFIRMAR el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- En merito de lo expuesto, la Sala Plena de la Corte Constitucional
- RESUELVE :
- CONFIRMAR el Auto del 14 de febrero de 2014, proferido por el magistrado Gabriel Eduardo Mendoza Martelo dentro del expediente D-10087, mediante el cual se rechazo la demanda presentada por el ciudadano Carlos Estevan Romo Delgado en contra del Acto Legislativo 01 de 2012.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.